El pasado sábado 27 de marzo se publicó en el BOE la Orden Ministerial JUS/288/2021, del 25 de marzo, por la que se regula el procedimiento de notificación de sustancias y mezclas químicas al Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses (INTCF).
Con la publicación de esta orden, España confirma la adaptación al sistema armonizado de notificación descrito en el Reglamento (UE) 2017/542, que modifica el Reglamento CLP (Reglamento (CE) nº 1272/2008) con la adición del Anexo VIII.
Mediante la publicación del Reglamento Delegado (UE) 2020/11, se establecieron las fechas definitivas de aplicación del mencionado Anexo VIII, que resultarían:
- 1 de enero de 2021 para mezclas de uso para el consumidor y para mezclas de uso profesional.
- 1 de enero de 2024 para mezclas de uso exclusivamente industrial.
Del mismo modo, se estableció un periodo transitorio: las mezclas notificadas mediante los sistemas nacionales existentes antes de 2021 no tendrán obligación de cumplir con las obligaciones descritas en el Anexo VIII hasta llegado el 1 de enero de 2025.
Con la publicación de la Orden JUS/288/2021, la legislación española se adhiere a las fechas de aplicación establecidas, a partir de las cuales la notificación de mezclas peligrosas al INTCF por parte de importadores y usuarios intermedios deberá realizarse a través del ECHA Submission Portal, una herramienta desarrollada por la ECHA.
Cualquier notificación realizada al INTCF, incluso en el caso de sustancias o mezclas catalogadas como no peligrosas deberá realizarse cumpliendo los requisitos descritos en el Anexo VIII. Solo los importadores y usuarios intermedios que notifiquen mezclas de uso exclusivo industrial podrán utilizar voluntariamente el sistema actual (GesficCom y SRE) hasta el 31 de diciembre de 2023. La publicación de la Orden supone por tanto, la sustitución de las herramientas y plataformas utilizadas previamente para notificar al INTCF por las herramientas desarrolladas por la ECHA.
Mediante esta Orden, también se hace saber que las notificaciones realizadas a través del ECHA Submission Portal no estarán sujetas al pago de tasas. Sí será necesario abonar la tasa correspondiente en el caso de productos de uso industrial notificados mediante el sistema nacional.
Una vez enviado el dosier de notificación a través del ECHA Submission Portal, el INTCF podrá acceder a él e integrarlo en su base de datos. En ese momento, el INTCF emitirá el Acuse de Recibo de Alta correspondiente, que se hará llegar al notificante y certificará el registro del producto. En el caso de mezclas industriales notificadas por la vía nacional, el Acuse de Recibo se emitirá una vez el INTCF haya comprobado la correcta recepción de la documentación y el pago de la tasa correspondiente.