Si tu empresa fabrica, importa o distribuye mezclas peligrosas en el mercado europeo, debes conocer una obligación clave del Reglamento CLP (CE) n.º 1272/2008: la notificación armonizada a los centros toxicológicos, establecida en el artículo 45 y desarrollada en el Anexo VIII.
Esta notificación garantiza que los centros de toxicología de los Estados miembros cuenten con la información necesaria para actuar en caso de emergencia, como una intoxicación accidental o una exposición indebida a productos químicos.
¿Qué productos deben notificarse y quién debe hacerlo?
Deben notificarse todas las mezclas peligrosas clasificadas por sus peligros para la salud humana o peligros físicos.
La notificación debe realizarla cualquier empresa responsable de la comercialización de la mezcla en el mercado europeo, ya sea fabricante, importador o distribuidor, y debe cubrir todos los países de la UE en los que el producto se ponga en el mercado.
No es obligatorio notificar si la mezcla:
- No está clasificada como peligrosa.
- Está clasificada solo por riesgos para el medio ambiente.
- Se trata de gases a presión o explosivos.
- Está regulada por normativas específicas (cosméticos, medicamentos, alimentos o piensos).
Aun así, muchas empresas optan por notificar voluntariamente por responsabilidad o para facilitar la actuación médica en caso de exposición.
¿Qué información debe incluir la notificación?
La notificación debe enviarse a través del sistema ECHA Submission Portal, y debe contener como mínimo la siguiente información clave:
- Identificación del producto y de la empresa responsable.
- Clasificación y peligros asociados.
- Información detallada sobre la composición.
- Datos toxicológicos, usos previstos y formato de comercialización.
- Código UFI (Identificador Único de Fórmula).
Recuerda, si realizas cambios en la composición, el formato o la clasificación de la mezcla, deberás actualizar la notificación antes de volver a comercializarla. Esto garantiza que los centros de toxicología dispongan siempre de información precisa y actualizada.
¿Qué es el UFI y por qué es obligatorio?
El UFI es un código alfanumérico obligatorio que vincula de manera única el producto con la información de la composición enviada en la notificación a los centros toxicológicos.
Este código permite que, ante una llamada de emergencia, los centros toxicológicos puedan identificar el producto de forma inmediata y precisa, y actuar con rapidez.
Se genera a través de la herramienta UFI Generator de la ECHA y se basa en el número de VAT de la empresa y un código interno de formulación.
Debe incluirse en la etiqueta de todas las mezclas notificadas, precedido de “UFI:”, en un lugar visible, legible e indeleble. En mezclas sin envase o de uso industrial, puede incluirse en la Ficha de Datos de Seguridad.
¿Qué pasa si no se cumple con esta obligación?
No notificar, o hacerlo de forma incompleta o incorrecta, puede tener consecuencias graves:
- Sanciones administrativas.
- Imposibilidad de comercializar el producto en algunos países.
- Riesgos sanitarios si no se puede actuar con rapidez en una emergencia.
¿Cómo puede ayudarte ServiREACH?
Desde ServiREACH te acompañamos en todo el proceso para cumplir con el artículo 45 del CLP:
- Verificamos si tus productos están sujetos a notificación.
- Elaboramos y presentamos notificaciones armonizadas conforme al Anexo VIII.
- Gestionamos actualizaciones de forma segura y conforme a los plazos.
- Aseguramos el cumplimiento de requisitos específicos por país.
- Revisamos tu etiquetado y documentación para garantizar la conformidad.