El 18 de junio de 2020 se publica el Reglamento (UE) 2020/878 de la Comisión por el que se modifica el anexo II del Reglamento (CE) nº1907/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo al registro, la evaluación, la autorización y la restricción de las sustancias y mezclas químicas (REACH).
En el anexo II se establecen los requisitos para la elaboración de las fichas de datos de seguridad utilizadas para facilitar información sobre sustancias y mezclas químicas de la Unión Europea.
Las fichas de seguridad que no cumplan con los requisitos en el anexo del nuevo Reglamento (UE) 2020/878 podrán seguir facilitándose hasta el 31 de diciembre de 2022.
El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea y será aplicable a partir del 1 de enero de 2021.