El 31 de enero de 2020 el Reino Unido abandonó la Unión Europea y entró en vigor el Acuerdo de Retirada que marcaba un período transitorio que estuvo vigente hasta el pasado el 31 de diciembre de 2020.
Se recomendó a las empresas con sede en el Reino Unido que finalizaran los registros REACH pendientes y que transfirieran dichos registros a las empresas de la UE antes de que finalizase el período de transición.
De los 2.140 solicitantes de registro de REACH en el Reino Unido, el 80% inició o completó la transferencia de sus registros a la UE al final del período de transición el 31 de diciembre de 2020.
Alrededor de un 20% de los registros REACH en el Reino Unido no se han transferido a la UE y serán revocados.
En el caso de las transferencias que aún no se hayan completado, se recuerda a las empresas de la UE que deben aceptar la transferencia lo antes posible. Si la transferencia no se finaliza antes del 31 de marzo de 2021, se cancelará y se revocará el registro. Esto significa que los solicitantes de registro ya no podrán comercializar legalmente la sustancia en el mercado de la Unión Europea.
Al menos 2.900 registros en el Reino Unido son nulos actualmente y serán revocados, ya que su transferencia a la UE no se inició a finales de 2020. Esto es aproximadamente el 3% del número total de registros REACH.