Más flexibilidad para la autorización de productos biocidas Fecha publicación: 20/10/2016
El pasado 12 de octubre de 2016, la Comisión Europea hizo oficial el Reglamento (UE) 2016/1802 que modifica el Reglamento (UE) 414/2013, por el se especifica un procedimiento para la autorización de mismos productos biocidas con arreglo al Reglamento (UE) 528/2012.
Tras esta actualización, el procedimiento de autorización establece que las empresas pueden obtener una autorización secundaria de un mismo producto biocida basándose en una autorización existente o en una solicitud de autorización en curso. Este procedimiento de autorización podrá utilizarse para:
un producto biocida cuando sea parte de una familia de productos para los que existe una autorización (o solicitud de autorización)
una familia de productos biocidas cuando sea parte de una familia de productos más grande para la que existe una autorización (o solicitud de autorización)
una autorización nacional cuando exista la correspondiente autorización de la Unión(o solicitud de autorización)
Estos cambios ayudarán a reducir los costes y la carga administrativa para las empresas, y entrarán en vigor a partir del 1 de noviembre de 2016.
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