ATP8 – Reglamento (UE) No 2016/918 de 19 de mayo de 2016 que modifica el Reglamento CLP Fecha publicación: 14/06/2016
Se ha publicado el Reglamento (UE) No 2016/918, el cual modifica el Reglamento (CE) nº 1272/2008, con el objetivo de adaptar las disposiciones y los criterios técnicos a la quinta edición revisada del “Sistema Globalmente Armonizado de Clasificación y Etiquetado de Productos Químicos (SGA)” de las Naciones Unidas.
La ATP8 del CLP incluye, entre otros, un nuevo método alternativo para la clasificación de los sólidos comburentes, así como cambios en las disposiciones sobre la clasificación en las clases de peligro de irritación o corrosión cutáneas y oculares. Además, contiene cambios en varios consejos de prudencia y modifica el etiquetado de sustancias o mezclas clasificadas como corrosivas para los metales pero no clasificadas como corrosivas para los ojos o la piel.
El nuevo Reglamento (UE) No 2016/918 entrará en vigor el próximo 4 de julio. Será aplicable a partir del 1 de febrero de 2018, excepto para el caso de sustancias y mezclas clasificadas, etiquetadas y envasadas de conformidad con el Reglamento CLP y comercializadas antes de esta fecha (éstas no deberán volver a etiquetarse y envasarse de conformidad con la ATP8 hasta el 1 de febrero de 2020).
Si necesita ayuda para clasificar, etiquetar y envasar sus productos de acuerdo a estas nuevas disposiciones, ¡contáctenos!