Moratoria en la aplicación de los nuevos criterios de etiquetado, comercialización y publicidad en los geles hidroalcohólicos de carácter cosmético.
La Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) establecía en una nota informativa el pasado 23 de noviembre las reivindicaciones que no se podían incluir en los geles hidroalcohólicos de carácter cosmético, en base a lo establecido en el documento publicado por la Comisión Europea al respecto.
Esta nota informaba de los criterios que se deben tener en cuenta en el etiquetado, comercialización y publicidad de los geles hidroalcohólicos de carácter cosmético.
Parte de estos criterios ya se aplicaban con anterioridad a la publicación de la nota informativa, y no han supuesto un cambio para el sector. Sin embargo, encontramos una novedad importante en los criterios relativos a la prohibición de indicar porcentaje de alcohol en el producto, los pictogramas del CLP y alegaciones relativas a la higienización.
Para facilitar la adaptación de las empresas a estos nuevos criterios, la AEMPS ha establecido que a nivel nacional las empresas responsables dispondrán hasta el 30 de junio de 2021 para adaptar tanto el etiquetado como el material de uso promocional de los nuevos productos o lotes que pongan en el mercado.