Ayudando a las empresas en REACH desde 2006

Reglamento (CE) 1907/2006

El Reglamento REACH (Reglamento (CE) 1907/2006, relativo al registro, la evaluación, la autorización y la restricción de sustancias y preparados), nace con el objetivo de garantizar la protección de la salud humana y el medio ambiente, así como la libre circulación de sustancias, como tales, en forma de mezclas o contenidas en artículos, fomentando la competitividad y la innovación de las empresas.

El REACH obliga a todas las empresas que fabrican o importan sustancias en la Unión Europea en cantidades superiores o iguales a 1 tonelada anual a presentar una solicitud de registro ante la Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas (ECHA), prohibiendo la comercialización de aquellas que no hayan sido registradas.

Las empresas no Comunitarias no pueden presentar un registro REACH de las sustancias que exportan a la UE. En su lugar pueden designar a una empresa europea como Representante Exclusivo para que realice la solicitud de registro REACH. De este modo, los importadores europeos que les compren esta sustancia se considerarán usuarios intermedios a efectos del REACH.

Por consiguiente, serán los fabricantes, importadores y usuarios intermedios de estas sustancias quienes deberán garantizar que sólo fabrican, comercializan o usan sustancias que no afectan de forma negativa a la salud humana o al medio ambiente. Uno de los documentos clave para que esto se pueda llevar a cabo de forma efectiva es la Ficha de datos de seguridad.

La Ficha de datos de seguridad es la principal herramienta que se emplea en la industria química para transmitir información sobre los riesgos de las sustancias y mezclas peligrosas a través de la cadena de suministro. El Anexo II del Reglamento REACH (modificado a día de hoy por el Reglamento (UE) 2020/878) expone la información que debe figurar en cada una de sus 16 secciones.

ServiREACH te ofrece el soporte necesario para cumplir con el Reglamento REACH en todos los estados miembros de la Unión Europea.

Qué opinan nuestros clientes

Preguntas frecuentes sobre REACH

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El Reglamento REACH (CE) 1907/2006 es de obligado cumplimiento para todas las empresas europeas que fabriquen, importen o utilicen sustancias químicas en la UE/EEE. Si tu empresa entra en esta categoría, debes revisar cuáles son tus obligaciones concretas y documentar su cumplimiento. El incumplimiento puede acarrear posibles sanciones legales. En ServiREACH realizamos un diagnóstico inicial para determinar tus obligaciones exactas según tu actividad.

Las empresas no comunitarias no pueden presentar directamente un registro REACH. Sin embargo, para no renunciar al mercado europeo, pueden designar a un Representante Exclusivo (OR) establecido en la UE que actúe en su nombre y ejecute este registro. ServiREACH actúa como tu Representante Exclusivo, asumiendo las obligaciones de registro en tu nombre. Esto permite que tus clientes europeos sean considerados “usuarios intermedios” (liberándoles de la carga del registro que tendrían como importadores) y facilita la entrada de tus productos en Europa sin barreras administrativas.

No siempre es necesario satisfacer los requisitos legales de información sobre las sustancias mediante ensayos experimentales. En ServiREACH utilizamos estrategias alternativas y regulatoriamente aceptadas como los estudios computacionales (modelos QSAR) y la extrapolación de datos (read-across). Estas técnicas permiten predecir las propiedades fisicoquímicas y toxicológicas de tus sustancias sin necesidad de nuevos ensayos en animales o laboratorios, reduciendo significativamente tanto el coste económico como el impacto ético y el tiempo de preparación de un dossier de registro.

La Ficha de Datos de Seguridad es la herramienta principal para comunicar los riesgos de una sustancia o de una mezcla química a lo largo de la cadena de suministro. No es solo un trámite; debe cumplir estrictamente con el Anexo II del Reglamento REACH (y sus modificaciones, como el reglamento 2020/878). Nosotros no solo confeccionamos las FDS, sino que las adaptamos a todos los idiomas y normativas específicas de cada país de la UE donde operes, garantizando que fabricantes, importadores y usuarios intermedios dispongan de la información de seguridad obligatoria y actualizada.

Sí, ofrecemos un servicio llamado Estudio de Cumplimiento. Durante el mismo, evaluamos cómo afecta el Reglamento REACH a cada uno de tus productos actuales y analizamos su estatus legal. Si detectamos irregularidades, elaboramos una lista de acciones correctivas y definimos una estrategia para regularizar tu situación. Además, realizamos estudios económicos previos para que conozcas la rentabilidad y los costes asociados a cualquier registro antes de realizar la inversión.

¿Sabes cómo te afecta REACH?

Cualquier sector de la industria que trata con productos químicos necesita conocer sus responsabilidades frente a REACH, nosotros podemos ayudarte a determinarlas y a cumplir con ellas. ¿Te interesa?