Cosmética garantiza al consumidor
la seguridad de tu producto

Reglamento (CE) 1223/2009

El Reglamento (CE) 1223/2009, sobre los productos cosméticos, sustituye, desde el 11 de julio de 2013, a la Directiva 76/768/CEE que hasta el momento regulaba la libre circulación de los productos cosméticos. El objetivo de este reglamento es garantizar la protección de la salud y la información de los consumidores, velando por la composición y el etiquetado de los productos. El Reglamento prevé asimismo la evaluación de la seguridad de los productos y prohíbe la experimentación con animales.

Según el Artículo 11 del Reglamento (CE) 1223/2009 las personas responsables de la comercialización de productos cosméticos deben disponer de documentación suficiente sobre sus productos para justificar delante de las autoridades la seguridad de sus cosméticos. Toda esta documentación constituye el Expediente de información sobre el producto.

La Comisión Europea ha creado el CosIng, una base de datos con información sobre sustancias e ingredientes utilizados en cosméticos. Esta lista no constituye una lista de sustancias autorizadas para su uso en los productos cosméticos, ya que su uso siempre debe estar respaldado por una evaluación de seguridad.

Desde el 11 de julio de 2013, antes de la introducción de un producto cosmético en el mercado, éste debe haber sido notificado al Portal de Notificación de Productos Cosméticos (CPNP). Las personas responsables de los productos (fabricantes, importadores o distribuidores) deben hacer la notificación electrónicamente en el portal CPNP, de ámbito europeo, por lo que no se requiere ningún otro registro a nivel nacional.

Este reglamento prohíbe la comercialización en la Unión Europea de cualquier producto cosmético que haya sido testado en animales, ampliando también la prohibición a aquellos cosméticos cuyos ingredientes o combinaciones de ingredientes hayan sido probados en animales.

En Servireach le asesoramos sobre el reglamento de productos cosméticos y ponemos a su disposición todo nuestro conocimiento en lo relativo a la seguridad de producto cosmético para la evaluación, notificación y documentación de sus productos, garantizando una puesta en el mercado responsable.

Preguntas frecuentes sobre Cosméticos

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Para comercializar legalmente cualquier cosmético en la UE, la pieza fundamental es el Expediente de Información del Producto (PIF). Este expediente técnico debe estar disponible para las autoridades y contener toda la información del producto, incluyendo la descripción, el método de fabricación y, lo más crítico, la Evaluación de Seguridad. En ServiREACH nos encargamos de recopilar toda la información y elaborar este expediente completo, certificando que tu producto es seguro para el consumidor antes de que llegue al mercado.

No, afortunadamente el sistema está centralizado. Desde 2013, solo es necesario realizar una única notificación electrónica en el CPNP (Portal de Notificación de Productos Cosméticos). Esta notificación es válida para toda la Unión Europea y es obligatoria antes de la puesta en el mercado. Nosotros gestionamos este trámite por ti, asegurando que los datos introducidos sean correctos para evitar problemas con las autoridades de vigilancia del mercado de cualquier estado miembro.

No necesariamente. La base de datos CosIng es informativa, pero no garantiza que una sustancia sea segura en cualquier concentración o para cualquier uso. El uso de cada ingrediente debe estar siempre respaldado por una Evaluación de Seguridad específica para tu producto final. Nuestros expertos evalúan tus fórmulas para confirmar que los ingredientes, sus concentraciones y su combinación cumplen con las restricciones del Reglamento y son seguros para el uso previsto.

El etiquetado no es solo diseño; debe cumplir estrictamente con el Reglamento 1223/2009 para proteger e informar al consumidor. Debe incluir información obligatoria como la lista de ingredientes (INCI), el número de lote, la función del producto, las precauciones de uso y los datos de la Persona Responsable, entre otros. En ServiREACH revisamos y validamos tu etiquetado para asegurar que cumple con la normativa y evitar sanciones o la retirada del producto por defectos de información.

No. El Reglamento prohíbe la comercialización en la UE de productos cosméticos que hayan sido testados en animales. En principio, esta prohibición se extiende también a los ingredientes o combinaciones de ingredientes que hayan sido probados en animales con fines cosméticos, aunque pueden darse casos en los que ciertos ingredientes químicos (que también se usan en otros sectores, no solo en cosmética) sean objeto de ensayos con animales bajo otras normativas (por ejemplo, el Reglamento REACH de sustancias químicas), cuando no existen métodos alternativos para evaluar riesgos laborales o ambientales. Nosotros te asesoramos para garantizar que toda tu cadena de suministro y tus pruebas de seguridad cumplan con cualquier prohibición ética y legal, utilizando métodos alternativos validados.

¿Conoces todo lo que debe cumplir tu producto cosmético para llegar al consumidor?

Estamos a tu disposición si necesitas asesoramiento o ayuda para poner en el mercado tu producto de acuerdo a las normativas aplicables ¿Te interesa?