Se ha publicado el Reglamento (UE) 2017/237, por el que se restringe la concentración máxima de diez sustancias para tintes capilares en el anexo III del Reglamento (CE) nº 1223/2009. Además, se incluye el uso profesional de productos para teñir pestañas de seis sustancias ya enumeradas en el anexo III. Para evitar cualquier riesgo para la aplicación de estos productos, se especifican advertencias de uso que deben imprimirse en las correspondientes etiquetas.