

La N,N-dimetilformamida es un disolvente orgánico clasificado como sustancia tóxica para la reproducción de categoría 1B, como sustancia con categoría de toxicidad aguda 4 (vías inhalatoria y cutánea) y como irritante ocular de categoría 2 de conformidad con el Reglamento (CE) n.o 1272/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo.
Se trata de una sustancia producida en grandes cantidades y utilizada en muchas actividades industriales y profesionales en toda Europa.
En octubre de 2018, Italia presentó a la European Chemicals Agency un expediente con la intención de iniciar el proceso de restricción, propuso restringir los usos industriales y profesionales, así como la comercialización de la N,N-dimetilformamida, sola o en mezclas.
En abril de 2020, la Agencia presentó a la Comisión los dictámenes de los Comités científicos, dichos dictámenes confirmaron que el riesgo para la salud de los trabajadores de todos los entornos profesionales relacionados con la fabricación y el uso de la N,N-dimetilformamida no se controla adecuadamente.
La Comisión Europea ha publicado el Reglamento (UE) 2021/2030 DE LA COMISIÓN de 19 de noviembre de 2021 que modifica, por lo que respecta a la N,N-dimetilformamida, el anexo XVII del Reglamento (CE) n.o 1907/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo al registro, la evaluación, la autorización y la restricción de las sustancias y mezclas químicas (REACH).
La restricción comenzará a aplicarse a partir del 12 de diciembre de 2023. Aunque a algunos usos específicos se les han concedido períodos de transición más largos.